11. ¿Qué medidas deben adoptar las entidades para proteger los datos personales?
Deben implementar medidas técnicas y organizativas apropiadas para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo del tratamiento de datos.
12. ¿Qué es una evaluación de impacto relativa a la protección de datos?
Es un análisis que realiza el responsable del tratamiento para evaluar el impacto de las operaciones de tratamiento en la protección de datos personales, especialmente cuando puedan implicar un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas.
13. ¿Cuándo es obligatorio designar un Delegado de Protección de Datos (DPD)?
Cuando el tratamiento lo lleve a cabo una autoridad u organismo público, o cuando las actividades principales del responsable o encargado requieran una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala, entre otros supuestos.
14. ¿Qué funciones tiene el Delegado de Protección de Datos?
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Informar y asesorar al responsable o encargado del tratamiento sobre sus obligaciones
- Supervisar el cumplimiento de la normativa de protección de datos
- Cooperar con la autoridad de control y actuar como punto de contacto
15. ¿Qué es una brecha de seguridad de datos personales?
Es una violación de la seguridad que provoca la destrucción, pérdida, alteración, divulgación no autorizada o acceso a datos personales transmitidos, almacenados o tratados.
16. ¿Qué deben hacer las entidades en caso de una brecha de seguridad?
Notificarla a la autoridad de control competente (AEPD) sin dilación indebida y, si es posible, en un plazo máximo de 72 horas desde que tengan constancia de ella. Si la brecha supone un alto riesgo para los derechos y libertades de los interesados, también deben comunicárselo a ellos.