De forma resumida, éstas fueron las cuestiones planteadas y que de forma casi unánime, con la única excepción de ANGED fue consensuada por todos los agentes sociales, patronales de comercio, sindicatos y asociaciones de consumidores y demás instituciones bajo la coordinación del Conseller de Comercio, Iago Negueruela y su Directora General, Pilar Sansó.
En primer término se acordó la reducción de la cifra de domingos y / o festivos del calendario comercial anual de apertura autorizada de los 16 establecidos en la Ley actual a los 10 que se proponen con la modificación.
En este tema se va a iniciar una carrera contrarreloj para que la reforma de la Ley que regula a este sector se pueda tramitar a tiempo para que esta reducción de días con actividad pueda entrar en vigor el 1 de enero del próximo año por lo que va a ser necesario que todos los grupos parlamentarios, en respuesta al clamor casi unánime del sector hagan suya esta propuesta de modificación de manera que la misma pueda producir efectos a principios de 2017.
De esos 10 domingos o festivos propuestos, 8 de ellos serán inamovibles y los otros dos, que serán fijados podrán ser substituidos 1 0 2 o ninguno por los que pueda proponer cada Ayuntamiento de sus dos fiestas locales. De no proponerse ningún cambio serán los 10 que se aprobarán en la Comissió Interinsular Assessora de Comerç a celebrar próximamente.
Otra de las cuestiones importantes es la de prohibir que los nuevos polígonos industriales puedan ser incluidos en las denominadas ZGAT. Por razones de seguridad jurídica se mantendrán vigentes las situaciones anteriores a la entrada en vigor de la modificación propuesta, por lo que, en todo caso, será necesaria nuevamente la decisión del Ayuntamiento para volver atrás cualquier decisión al respecto.
En cuanto a los mercados y mercadillos, ya consolidados y que no sean de nueva creación se permitirá la actividad comercial autorizada en un perímetro de 300 m. Asimismo en los casos de los bienes de interés histórico artístico, por si sólo no justifica que todo un municipio pueda tener la consideración de ZGAT se apostilla, objetivamente, que sólo lo será aquella parte del término en que realmente ese bien de interés histórico artístico produzca una mayor afluencia turística.
En esta materia habrá un cambio que puede adquirir especial relevancia: a partir de ahora, cuando se pretenda construir o ampliar alguna gran superficie o centro comercial, el Ayuntamiento y Consell correspondientes deberán emitir un informe favorable sobre la incidencia que su actividad va a tener sobre las infraestructuras de la zona, como serían las carreteras, y se podrá obligar a la citada empresa a financiar las medidas correctoras que se deban adoptar. Esta novedad resulta significativa a la vista de los problemas de tráfico registrados durante los primeros días de apertura de un nuevo centro junto al Coll d’en Rabassa (Mallorca).
También se adaptarán a la normativa estatal las sanciones previstas en la Ley Balear de Comercio, dado que estas últimas eran superiores a las primeras.
Se el primero en dejar un comentario
En ABEMAC seguimos apostando por el conocimiento como una de las mejores herramientas para mejorar la rentabilidad, la competitividad y el futuro de nuestras empresas. Gracias a ANDIMAC y a todos los...
Estimados asociados.Les informamos de que el pasado 17 de junio de 2026 se procedió, en Palma, a la constitución formal de la Comisión Paritaria prevista en los artículos 73, 74 y concordantes...
Vigencia de la regulación relativa a las personas trabajadoras fijas discontinuas a tiempo parcial en el Convenio Colectivo del Sector del Comercio de las Illes Balears.Con fecha 14 de junio de 2022...