Ayudas para la modernización de empresas minoristas y de servicios, y establecimientos emblemáticos

  • Categoria: General
  • Publicado 06/03/2023
Ayudas para la modernización de empresas minoristas y de servicios, y establecimientos emblemáticos

En el BOIB del día 4 de marzo se han publicado las bases y la convocatoria para las subvenciones destinadas a fomentar la modernización de las empresas comerciales detallistas y de determinadas empresas de servicios, así como la como la continuidad de los establecimientos comerciales y de determinados servicios considerados emblemáticos. 

Las acciones subvencionables son:
  • Inversiones en equipación informática para la mejora tecnológica y digital encaminada a potenciar el comercio electrónico en establecimientos de venta presencial.
  • Inversiones que impliquen un avance hacia una economía baja en carbono, la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad (adquisición e instalación de aparatos o sistemas de iluminación de bajo consumo, adquisición e instalación de aparatos de climatización o de conservación de alimentos que supongan una reducción del consumo energético, otras inversiones que supongan una mejora de la calificación en el certificado de eficiencia energética, instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos e implantación de sistemas de gestión energética).
  • Inversiones para mejorar la accesibilidad y para eliminar barreras arquitectónicas.
  • Adquisición e instalación de la equipación necesaria para la modernización del establecimiento (mobiliario, maquinaria relacionada con la actividad comercial del establecimiento, instalaciones, sistemas de alarma y seguridad, TPV, cajones de cobro automático inteligente...).
  • Adquisición e instalación de la equipación necesaria para la mejora de la imagen del establecimiento (rotulación comercial, interior y exterior). 
  • Obras y reformas en general que comporten la mejora y modernización del establecimiento.
La cuantía de la subvención es del 80 % del coste elegible del proyecto (IVA excluido) y con un total máximo de 9.000 euros por beneficiario.

Los proyectos para los cuales se solicitan estas ayudas se tienen que ejecutar y pagar en el periodo de elegibilidad comprendido entre el 16 de septiembre de 2022 y el de 15 de septiembre de 2023 (ambos incluidos).

El plazo de presentación de las solicitudes es desde el 5 de marzo al 4 de abril.

Documentos a presentar para solicitar la subvención, aquí.

Para más información descargar documento adjunto. 

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