Un auto judicial da la razón a AFEDECO y frustra el intento de l’Ajuntament de Palma de prohibir las bolsas de plástico a partir del primero de enero de 2018
De todas formas, AFEDECO, que se congratula por esta noticia, señala que dicha prohibición estará vigente, en tanto l’Ajuntament de Palma, no redacte una nueva ordenanza, si bien, en este caso, cualquier decisión futura al respecto deberá contar necesariamente, según la justicia, con el consenso de todos los sectores implicados, y en su mayor medida, la de los comerciantes.
Como se recordará AFEDECO recurrió ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares la disposición Adicional Primera de la Ordenanza de Limpieza, Desechos y Residuos urbanos aprobada por el Ayuntamiento de Palma en sesión celebrada el 26 de enero de 2017.
El Auto judicial si bien no admite la medida cautelar solicitada de dejar sin efecto dicha disposición adicional, deja muy claro que el Ayuntamiento no podrá llevar adelante esa prohibición a partir del 1 de enero de 2018. Asimismo, en dicho auto se señala textualmente que “[…] mediante la adopción de las correspondientes normas consensuadas con los sectores implicados”, lo que viene a decir que el propio Ajuntament necesitara llegar al consenso que en principio negó a AFEDECO /y por lo que se obligó a la patronal a litigar/ y que ahora según el propio auto es requisito necesario para aprobar la fecha en que podrá proceder a dicha limitación.
Así pues, el Auto da la razón a las pretensiones de AFEDECO y dice claramente que si la sentencia que resuelve el recurso se produce antes del 1 de enero de 2018 no es necesaria medida cautelar alguna, sea cual sea el fallo. Y si se produce después y l’Ajuntament hubiera obrado en contra de la interpretación judicial de la norma en cuestión, esa actuación podría anularse por la vía de la adopción de la medida cautelar apropiada en el procedimiento, hasta que se dicte sentencia.
Por consiguiente, y a tenor de lo expuesto, AFEDECO informa de que el primero de enero de 2018 no será posible la aplicación de dicha prohibición, y por tanto se deberá retrasar probablemente hasta principios del 2019, en el mejor de los casos. El coste económico que hubiera supuesto dicha medida para los comercios de Palma era muy elevado y además la medida se adelantaba a la Directiva Europea vigente al efecto, lo que resulta además incomprensible, y con aplicación solo para el término municipal de Palma.
AFEDECO lamenta que l’Ajuntament no hubiera accedido en su momento a conciliar posturas, como así le planteo esta Federación, y alcanzar un consenso, y máxime cuando pretendía imponer una medida sin tiempo de adaptación para los comerciantes.
Aun así AFEDECO está dispuesto a colaborar con el Ayuntamiento ya que esta Federación está comprometida con el medio ambiente, y como se recordará, ya consiguió que las medianas empresas de alimentación y supermercados se auto regulasen/ sin la intervención de la Administración/, por lo que desde hace ya tiempo no se entregan bolsas gratuitas a los clientes, lo que supuesto una reducción del 80% del uso de dichas bolsas de plástico.
AFEDECO le propuso a l’Ajuntament esta misma propuesta, pero a la vista de los hechos acaecidos, éste creyó que era mejor una norma prohibitiva, sin alcanzar el consenso que ahora le plantea el Auto judicial.
Por eso, en éste y en los demás casos en que la Administración se exceda de sus competencias, AFEDECO en la defensa legítima de sus asociados y del comercio en general acudirá a la vía jurisdiccional, muy a su pesar, para evitar que la actuación administrativa se exceda de sus competencias, como se ha demostrado una vez más.