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Detalle de los puntos para la subvención del pequeño comercio

  • Categoria: General
  • Publicat 08/08/2024
Detalle de los puntos para la subvención del pequeño comercio

La Dirección Insular de promoción económica y producto de Mallorca del Consell Insular de Mallorca detalla los puntos para la subvención del pequeño comercio :

Importe convocatoria: 
800.000 euros (400.000 euros para entidades con ánimo de lucro y 400.000 para entidades sin ánimo de lucro). Serán dos líneas dentro de una misma convocatoria en función que el solicitante sea o no una entidad con o sin ánimo de lucro.

Beneficiarios:

Con ánimo de lucro:
Microempresas (es decir, empresas que no superen los 10 trabajadores, los 2 millones de euros de volumen de negocio anual y el millón de euros en activos de la empresa) que tengan su domicilio social en Mallorca y que se dediquen a la producción o comercialización del producto local. Siempre que se cumplan los requisitos anteriores, se admitirán los diferentes tipos de sociedades: Sociedad Limitadas Unipersonales (SLU) Sociedades Limitadas (SL), Sociedades Anónimas (SA) Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) Sociedades Limitadas Laborales (SLL) Cooperativas con ánimo de lucro o cualquiera otra forma social de entidad con ánimo de lucro.

Sin ánimo de lucro: 
Asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, las corporaciones de derecho público que tengan como finalidad la promoción y la defensa de los intereses generales del comercio y la industria. Las asociaciones, federaciones y confederaciones de asociaciones empresariales del pequeño y mediano comercio, las cooperativas sin ánimo de lucro, de acuerdo con la disposición adicional primera de la Ley 27/1999 de cooperativas, las cofradías de pescadores.

Con el domicilio social en Mallorca y con interés legítimo a favorecer la producción o comercialización del producto local.

A efectos de esta convocatoria se entenderá como producto local los bienes producidos, elaborados o transformados en Mallorca y que se asocian a la manera de ser y de hacer de nuestra isla y como pequeño comercio el establecimiento abierto al público no situado en una gran superficie comercial que venda directamente al consumidor producto local.

Finalidad de la convocatoria: 
La finalidad es la de dar promoción al pequeño comercio tradicional y de proximidad, así como a las entidades que elaboran y trabajan con producto local, para darles mayor visibilidad y favorecer que puedan competir con el e-commerce y las grandes superficies comerciales, tratando de garantizar su supervivencia a medio y largo plazo.

Objeto de la convocatoria: 
Apoyar económicamente a aquellos proyectos que sirvan para dar visibilidad y promocionar a los pequeños comercios y entidades con o sin ánimo de lucro que cultiven, elaboren o comercialicen producto local. Se podrán financiar el 100% del proyecto hasta un importe máximo de 20.000 euros por cada proyecto presentado y hasta un máximo de 40.000 euros por beneficiario, con el fin de que cada solicitante pueda llevarse en diferentes proyectos más del 10% del importe destinado a cada una de las líneas de la convocatoria.

Actuaciones subvencionables: 
Tendrán que ser actuaciones que en todo caso que se entiendan cómo de gasto corriente a efectos presupuestarios. Estas actuaciones tendrán como finalidad, promocionar o dar difusión, a la entidad o a su producto, siempre que sea producto local. 

Entre las actuaciones subvencionables se encuentran las siguientes:

Gastos de publicidad en redes sociales o en medios de comunicación tradicional (prensa escrita, televisión, radio) también en medios digitales o a través de personas con gran número de seguidores en redes sociales. La promoción puede realizar también a través de mediados de difusión nacional o internacional.

Gastos de planificación del proyecto de promoción a través de empresas de comunicación u otras entidades con conocimientos en la materia.

Gastos de transporte de los materiales que sean objeto o medio para realizar la promoción.

Gastos de rotulación o elaboración de aquellos elementos que se utilicen en el proyecto promocional.

Gastos de alquiler, limpieza, montaje y desmontaje de los espacios físicos donde se realice la actividad promocional.

Gastos de adquisición del producto que vaya a ser promocionado cuando se pretenda su distribución entre asistentes al acto promocional.

Gastos de carácter audiovisual, es decir, todos aquellos relacionados con la elaboración de un video, el objeto del cual, sea la promoción o publicidad de la entidad solicitante o su producto.

Gastos de montaje de stand y transporte del producto por participación de la empresa en ferias con el fin de dar a conocer el producto de Mallorca.

Gastos de alojamiento, si el acto promocional requiere de pernocta, fuera del domicilio del beneficiario. El máximo subvencionable son 100 euros por noche y tendrá que justificarse al presentar la solicitud porque es necesaria la pernoctación fuera del domicilio.

Los gastos musicales o los accesorios decorativos se subvencionarán hasta un importe máximo del 20% del proyecto.

Cualquier otro gasto de naturaleza parecida, siempre que se explique de manera clara en la memoria que se presente junto con la solicitud su relación con el proyecto.


Límite temporal: 
Para que las actuaciones sean subvencionables tienen que realizarse desde el 1 de enero de 2024 hasta el 15 de octubre de 2024. Este último día se publicará la convocatoria en el BOIB y se concederá un plazo de 15 días hábiles para presentar las facturas junto a la solicitud. 
En el momento en que se presente la solicitud, las facturas que lo acompañen tienen que estar pagadas a los empresarios que hayan prestado los servicios.

Límites espaciales:
Las actuaciones de promoción podrán realizarse tanto en ámbito local, como Insular, como autonómico, como nacional como internacional. Se puntuará más a aquellas actuaciones que den una mayor difusión a la entidad y a su producto siempre que la mayor difusión esté debidamente explicada en la memoria justificada del proyecto. Si no se explica este punto de manera clara se dará la puntuación mínima en 
cuanto al ámbito de difusión.


Criterios de puntuación:
Se puntuará más a aquellos beneficiarios que tengan un establecimiento abierto al público (5 puntos) por 0 a los cuales no lo tengan.

Se puntuará más a aquellos proyectos que justifiquen de forma más clara en la solicitud los siguientes aspectos: Finalidad del proyecto, fechas concretas en que se lleva a cabo, logística del mismo expresando el lugar elegido y el número de asistentes que habrá o número de personas que visualizarán el acto promocional, como se pretenda hacer llegar el acto promocional a aquellas personas a las cuales va dirigido, cuál es el mensaje a transmitir. El desarrollo de todos estos aspectos o cualquier otro relacionado de manera clara, ordenada y precisa se valorará (hasta 10 puntos).

Se darán 3 puntos por el acto promocional desarrollado de manera telemática, 5 puntos por el desarrollado de manera presencial y 8 puntos si hay promoción en los dos ámbitos.

Se darán 2 puntos a aquellos que aporten menos del 30% de la financiación del proyecto y 4 puntos a aquellos que aporten más del 30% de la financiación del proyecto.

Se dará 1 punto a aquellos que promocionen solo un producto local, 2 puntos a aquellos que promocionen 2 y 3 puntos a aquellos que promocionen más de 2 producto locales.

El máximo de puntos sumando el máximo en todos los criterios será de 30 puntos. No se establecerá puntuación mínima para poder acceder a las subvenciones.

Justificación: 
Por la propia dinámica de la subvención, la justificación se presenta junto con la solicitud, lo cual implica que el plazo de justificación son los 15 días hábiles que se conceden para solicitar la subvención. 

Las facturas de los gastos en que se haya incurrido para realizar el acto de promoción estarán pagadas y se adjuntarán con la solicitud y las memorias explicativas del proyecto que se incorporarán como anexos a la convocatoria de las subvenciones.


Pago. El reconocimiento de obligaciones se efectuará antes de que finalice el año, lo cual implica que el pago material se recibirá por los beneficiarios entre finales de este año o principios del año que viene.



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